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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 357496
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LIII; Pág. 1105
APELACION, SUSPENSION TRATANDOSE DE PRUEBAS EN LA, EN MATERIA CIVIL.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LIII; Pág. 1105
Si se reclama en amparo la resolución que en segunda instancia se niega a conceder la ampliación del término probatorio, se trata de un acto negativo y la suspensión debe negarse, y en cuanto a sus efectos, que serían la continuación del procedimiento procede, también la negativa de la suspensión, por ser de orden público.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 1352/37. Velázquez Abraham. 27 de julio de 1937. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.