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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 357531
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LIII; Pág. 1742
PROVIDENCIAS PRECAUTORIAS, SUSPENSION TRATANDOSE DE REVOCACION DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LIII; Pág. 1742
Si el acto reclamado es la resolución de segunda instancia que revoca a la primera, que despachó una providencia precautoria de embargo de fincas urbanas, la suspensión debe concederse, mediante fianza, puesto que de levantarse el embargo, se causarían perjuicios de difícil reparación a la parte quejosa, ya que quedaría sin garantía el importe del pleito.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 3189/37. Compañía de las Fábricas de Papel de San Rafael y Anexas, S. A. 13 de agosto de 1937. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.