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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 357576
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LIII; Pág. 2058
ADQUIRENTE DE MALA FE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LIII; Pág. 2058
Si el comprador tuvo conocimiento de que el vendedor pagó a una persona, por concepto de réditos, determinada cantidad y que existía un secuestro, aunque sin registro, sobre la finca que adquirió y de que el acreedor autorizó a su deudor para que realizara la venta, siempre que le pagara su crédito, es indiscutible que el comprador, al realizar la operación de compraventa, obró de mala fe, porque sabía que el deudor quedaba ostensiblemente en estado de insolvencia, en cuanto a propiedad de bienes inmuebles, que son los únicos que deben ser tomados en cuenta para ese efecto.
Precedentes
Amparo civil directo 4567/31. Hernández Cipriano. 23 de agosto de 1937. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Sabino M. Olea. La publicación no menciona el nombre del ponente.