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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 357577
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LIII; Pág. 2057
DEUDOR, INSOLVENCIA DEL.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LIII; Pág. 2057
Para justificar la insolvencia del deudor, no puede atenderse más que a las manifestaciones externas de la capacidad económica de aquél a quien se considera insolvente, y si se tiene en cuenta que los bienes muebles y, principalmente el dinero y alhajas, son susceptibles de ocultación, la cuestión de solvencia debe concretarse a la averiguación de la existencia de bienes raíces, en el lugar donde reside la persona cuya solvencia o insolvencia se trata de demostrar.
Precedentes
Amparo civil directo 4567/31. Hernández Cipriano. 23 de agosto de 1937. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Sabino M. Olea. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca, Tomo XLI, página 197, tesis de rubro "DEUDOR, INSOLVENCIA REQUERIDA PARA LA DECLARACION DE QUIEBRA.".