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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 357585
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LIII; Pág. 2080
TERCERO PERJUDICADO EN AMPARO, FIRMEZA DEL AUTO QUE LO RECONOCE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LIII; Pág. 2080
Si el Juez de Distrito reconoce el carácter del tercero perjudicado en un juicio de amparo, no puede revocar esa resolución, por no tener facultades legales para ello.
Precedentes
Queja en amparo civil 663/36. Terrones Donaciano y coagraviados. 23 de agosto de 1937. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.