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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 357619
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LIII; Pág. 2596
DEPOSITARIOS, RENDICION DE CUENTAS POR LOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LIII; Pág. 2596
Después de concluido el juicio y entregados los bienes, el que fue designado depositario ya que no tiene ese carácter, y las consecuencias posteriores de su nombramiento, armonizadas con la ley, lo obligan a rendir cuentas, pero sin que éstas consecuencias sean eficientes, por ellas solas, para prolongar la existencia de su carácter de depositario.
Precedentes
Amparo civil directo 5352/35. Miñón Emilio. 3 de septiembre de 1937. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.