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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 357687
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LIII; Pág. 3220
ARBITRIO JUDICIAL EN LA ESTIMACION DE LAS PRUEBAS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LIII; Pág. 3220
Si bien el ejercicio de la facultad de los Jueces para estimar el valor de las pruebas, no es absoluto, en términos de constituir un verdadero arbitrio, no puede estimarse injusta la apreciación de un juzgador, cuando sus consideraciones son fundadas.
Precedentes
Amparo civil directo 8706/36. Galván Manuel y coagraviada. 28 de septiembre de 1937. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Luis Bazdresch no intervino por las razones que expresa el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.