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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 357706
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LIII; Pág. 3377
SUSPENSION PROVISIONAL, LOS ACTOS EJECUTADOS DESOBEDECIENDOLA, NO PUEDEN CONSIDERARSE CONSUMADOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LIII; Pág. 3377
Si con posterioridad a la suspensión provisional que se comunica a las autoridades responsables, se ejecuta el acto reclamado, como fue con desobediencia al mandato de suspensión provisional, no puede tener el carácter de ejecutado para los efectos de la suspensión definitiva.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 4553/37. Sociedad Mercantil "Abarrotes", S. A. 30 de septiembre de 1937. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.