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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 357737
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LII; Pág. 527
CONTRATO, INEXISTENCIA DE LA RATIFICACION DEL.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LII; Pág. 527
Siendo la suscripción de acciones de una sociedad anónima, una operación que generalmente se celebra con independencia absoluta de cualquiera otro contrato, su existencia no sugiere necesariamente la de otro contrato, del que tuviera que reputarse como operación accesoria o condicional; por lo que el hecho de que una sociedad haya tenido conocimiento, por conducto de sus órganos, de la suscripción de determinado número de acciones, por una persona, no implica que haya conocido también el contrato de compraventa celebrado por esa misma persona con uno de sus representantes, ni mucho menos que lo haya consentido o ratificado, con tanta mas razón cuando la suscripción de acciones tuvo verificativo con el sindicato de accionistas de la empresa, y no directamente con el consejo de administración, órgano al cual correspondería únicamente la ratificación del contrato de que se trata.
Precedentes
Amparo civil directo 2829/35. González Williams José. 15 de abril de 1937. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Francisco H. Ruiz no intervino en el resolución de este asunto por estar excusado. La publicación no menciona el nombre del ponente.