Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/357795
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 357795
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LII; Pág. 1397
CONTRAFIANZA TRATANDOSE DE DESOCUPACION DE PREDIOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LII; Pág. 1397
Si se concede la suspensión del acto reclamado consistente en una sentencia que condena a desocupar un predio, procede admitir la contrafianza, para dejar sin efectos la suspensión; puesto que en caso de que se conceda el amparo, podrán volver las cosas al estado que antes tenían; es decir, se pondrá al quejoso en posesión del inmueble correspondiente.
Precedentes
Queja 196/37. Sepúlveda Ricardo J. 3 de mayo de 1937. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Quinta Epoca:
Tomo XLVIII, página 3447. Queja en amparo civil 147/36. Compañía Vulcanizadora Moderna. 29 de junio de 1936. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.