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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 357818
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LII; Pág. 1630
REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD, SUSPENSION TRATANDOSE DE ANOTACIONES EN EL.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LII; Pág. 1630
El simple hecho de que se hagan las anotaciones marginales que ordena el reglamento del Registro Público de la Propiedad, como consecuencia de un embargo, el poner la razón correspondiente al cabo de la copia presentada para efectuar tal registro y la devolución de la propia copia, no pueden causar perjuicio alguno al que reclame en amparo dichos actos y, por tanto, la suspensión debe negarse.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 7042/36. Banco Nacional de México, S. A. 8 de mayo de 1937. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.