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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 357848
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LII; Pág. 2125
CONFESION, VALOR PROBATORIO DE LA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LII; Pág. 2125
La falta de ratificación en la presencia judicial, invalida la confesión, únicamente cuando él o los colitigantes han puesto en duda, durante la tramitación del juicio, la autenticidad de su contenido; pero cuando ni el ejecutante ni el opositor objetan la realidad o la certeza de la confesión, la ratificación sólo constituiría un requisito superfluo y una exigencia inútil.
Precedentes
Amparo civil directo 5925/36. Banco Mercantil y Capitalizador, S.A. 15 de junio de 1937. Mayoría de tres votos. Disidentes: Sabino M. Olea y Luis Bazdresch. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca, Tomo XXVI, página 2233, tesis de rubro "CONFESION.".