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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 357934
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LI; Pág. 353
ACCION CAMBIARIA, PRESCRIPCION DE LA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LI; Pág. 353
No todas las circunstancias que imposibilitan el ejercicio de la acción, interrumpen la prescripción respectiva, pues puede suceder que la imposibilidad resulte de un acto dependiente de la voluntad del actor, como en el caso de que éste deposite el documento, lo destruya o extravíe, condiciones en las que sería absurdo oponerse al transcurso de la prescripción; por lo que si el beneficiario deposita una letra de cambio, las consecuencias de tal acto de su voluntad, deben recaer sobre el mismo, y consecuentemente si el depositario demora la entrega del documento, en perjuicio del depositante, el actor no puede prevalerse de semejante circunstancia, para interrumpir la prescripción del mismo, porque si bien es cierto que no puede promoverse el juicio ejecutivo, bien puede ejercitarse la acción en la vía ordinaria, a causa de la falta accidental del título ejecutivo.
Precedentes
Amparo civil directo 4871/34. Purón Lucas. 15 de enero de 1937. Unanimidad de cuatro votos. Excusa: Sabino M. Olea. La publicación no menciona el nombre del ponente.