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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 357979
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LI; Pág. 984
NULIDAD, PROCEDENCIA DE LA ACCION Y EXCEPCION DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LI; Pág. 984
Aun cuando es cierto, en términos generales, que la acción y la excepción de nulidad, competen únicamente a las partes y a los fiadores, la ley establece excepción en favor de los terceros interesados, cuando de los contratos en que no han intervenido les puedan resultar perjuicios.
Precedentes
Amparo civil directo 7257/35. Hernández Francisco y coaga. 9 de febrero de 1937. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.