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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
357994
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LV; Pág. 3090

ALIMENTOS, CUANDO DEBE CONCEDERSE LA SUSPENSION TRATANDOSE DE.

[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LV; Pág. 3090

Precedentes

Amparo. Incidente de suspensión 8213/37. Recillas M. Antonio. 25 de marzo de 1938. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Quinta Epoca: Tomo LIII, página 3433. Indice Alfabético. Incidente de suspensión 3768/37. Salas Manuel. 23 de septiembre de 1937. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hermilo López Sánchez. La publicación no menciona el nombre del ponente. Tomo LIII, página 518. Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 262/37. Benfield Catalina. 12 de julio de 1937. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Tomo LI, página 1192. Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 8149/36. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona la fecha de resolución, los nombres del promovente ni del ponente.
Registro digital (IUS): 357994