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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 358065
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LI; Pág. 2137
CAMINOS VECINALES, FACULTADES ADMINISTRATIVAS PARA CONSERVARLOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LI; Pág. 2137
Tratándose del libre tránsito que debe establecerse en las vías de comunicación, las autoridades municipales tienen amplias facultades para conservarlo, dictando las medidas que se juzguen necesarias, y no puede suponerse que por el hecho de ser dueño de los terrenos por los que atraviesa un camino vecinal y por haber obstruido el paso de ese camino con alambrados, la autoridad municipal correspondiente esté obligada a ocurrir a la autoridad judicial para obtener el libre ejercicio de las facultades que le corresponden, sobre policía y libre tránsito en camino, por lo que la orden de aquella autoridad, para destruir dichos alambrados, no es anticonstitucional.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 6983/35. Ortiz Arnulfo. 6 de marzo de 1937. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Agustín Aguirre Garza. Relator: José María Truchuelo.