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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 358083
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LI; Pág. 2322
TUTOR LEGITIMO, SUSPENSION TRATANDOSE DE LA REVOCACION DE NOMBRAMIENTO DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LI; Pág. 2322
La suspensión debe negarse contra la resolución judicial que revoca el nombramiento de un tutor legítimo, puesto que, de concederse, se afectaría el interés general, ya que se impediría que un incapacitado esté representado legalmente, lo cual es contrario al orden público y por otra parte, si se concediere la suspensión, para el solo efecto de que el interesado siga desempeñando las funciones de tutor dativo, sería como reconocerle un derecho del cual fue privado, por virtud de la resolución recurrida y se daría a la suspensión efectos restitutorios.
Precedentes
Amparo civil. Revisión de incidente de suspensión 8547/36. Sánchez Jorcano Juan. 10 de marzo de 1937. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.