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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 358112
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LI; Pág. 2812
PERSONA EXTRAÑA AL JUICIO.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LI; Pág. 2812
Los terceros extraños a un procedimiento judicial, pueden ocurrir directamente al amparo de la Justicia de la Unión, cuando se ven perturbados en sus posesiones, sin necesidad de acudir previamente a los recursos ordinarios que la ley común establezca y por medio de los cuales puedan también defender su derecho.
Precedentes
Amparo civil en revisión 4201/31. Aguilar Viveros Juan. 23 de marzo de 1937. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.