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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 358128
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LI; Pág. 3092
FACTURAS, VALOR PROBATORIO DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LI; Pág. 3092
Es verdad que la retención de las facturas por el vendedor, sólo constituye una presunción de que no ha sido cubierto el precio de la venta, pero también es verdad que, cuando no obran datos en contrario, debe aceptarse la presunción como suficiente para comprobar el hecho, pues resolver lo contrario, equivale a tanto como a no darle valor alguno a la prueba presuntiva.
Precedentes
Amparo administrativo directo 7576/36. Verdasco Joaquín. 30 de marzo de 1937. Unanimidad de cinco votos. Relator: Agustín Gómez Campos.