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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 358132
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo L; Pág. 55
ACTUACIONES, SUSPENSION TRATANDOSE DE RATIFICACION DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo L; Pág. 55
Si se reclama en amparo la resolución de segunda instancia, que revoca la de primera, que desechó un recurso de nulidad de actuaciones y ordena se haga un requerimiento para que los interesados ratifiquen lo actuado en un juicio, la suspensión debe negarse, puesto que el acto reclamado no puede causar al quejoso un perjuicio de difícil reparación.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 4980/36. Olivares Juan, sucesión de. 2 de octubre de 1936. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.