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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 358135
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo L; Pág. 61
INFORMES JUSTIFICADOS, CORRECCION DISCIPLINARIA IMPUESTA A LAS AUTORIDADES RESPONSABLES POR NO RENDIRLOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo L; Pág. 61
Si el Juez de Distrito impone una multa a la autoridad responsable, por vía de corrección disciplinaria, por no haber rendido los informes respectivos, y dicha autoridad alega, ante la Suprema Corte de Justicia, que estuvo en la imposibilidad material de rendir el informe previo, porque un empleado subalterno recibió las solicitudes correspondientes y se encargó de hacer una búsqueda minuciosa de los antecedentes, sin hacer la devolución oportuna de los documentos que se le entregaron, la Suprema Corte no debe tomar en consideración esas razones, para justificar la omisión en que se incurrió, dado los términos imperativos del artículo 132 de la Ley de Amparo.
Precedentes
Amparo Civil. Revisión del incidente de suspensión 2223/36. Compañía Técnica y Mercantil, S.A. 2 de octubre de 1936. Unanimidad de 4 votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.