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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 358144
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo L; Pág. 137
CONTRAFIANZA EN AMPARO, CUANDO DEBE ADMITIRSE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo L; Pág. 137
Si el acto reclamado consiste en un fallo cuyo efecto es privar a un Ayuntamiento, de la posesión de un mercado público, de ejecutarse dicho acto por virtud de la admisión de la contrafianza, se privaría a la parte quejosa de la posesión del mercado; pero atentos los efectos eminentemente restitutorios de la sentencia que se dicte en el juicio de garantías, si aquélla fuere favorable para el agraviado, se retrotraerían las cosas al estado que guardaban antes de la violación; es decir, el agraviado volvería a la posesión del citado edificio, sin que exista motivo fundado para suponer que legal o físicamente sea imposible tal restitución; obligación que garantiza precisamente la contrafianza, lo mismo que los daños y perjuicios que ocasionara al agraviado por haberlo privado de la posesión.
Precedentes
Queja en amparo civil 407/36. Gavito Hermanos y Compañía. 5 de octubre de 1936. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.