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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 358179
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo L; Pág. 643
ARANCEL DE ABOGADOS, APLICACION DEL.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo L; Pág. 643
El arancel contenido en la Ley Orgánica de Tribunales de Justicia del Fuero Común para el Distrito y Territorios, debe ser aplicado para regular aquellas cuotas de honorarios causados durante la vigencia de la citada ley orgánica.
Precedentes
Amparo civil en revisión 4203/34. Herrera y Castillo de Ramírez Dolores. 24 de octubre de 1936. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Sabino M. Olea no votó en este negocio, por la razones que se expresan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.