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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 358184
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo L; Pág. 780
PROCEDIMIENTO, VIOLACIONES DEL.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo L; Pág. 780
Ni la economía de los juicios ni el interés de las partes, para que no se aplace la resolución del problema planteado dentro de un juicio de garantías, en el que se reclaman violaciones del procedimiento, son razones bastantes para que la Suprema Corte quebrante la jurisprudencia que unánime y uniformemente ha venido sosteniendo, desde el año de 1929, respecto a sobreseimiento en los juicios de amparo en que se reclaman actos del procedimiento, que no sean de imposible reparación material, en las personas, en las acciones o en las cosas.
Precedentes
Amparo civil en revisión 5120/36. "El Toreo de México", S. A. 30 de octubre de 1936. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Abenamar Eboli Paniagua. La publicación no menciona el nombre del ponente.