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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 358190
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo L; Pág. 830
EMBARGO, SUSPENSION TRATANDOSE DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo L; Pág. 830
Los efectos del embargo ya practicado, no causan perjuicios de difícil reparación al quejoso, si conforme a la legislación local respectiva, es apelable el auto que aprueba el remate, y, consiguientemente, el promovente puede enmendar el acto que reclama, interponiendo el recurso respectivo, y, por tanto, debe negarse la suspensión.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 5734/34. Lastra y Arriba José Manuel. 31 de octubre de 1936. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.