Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/358296
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 358296
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo L; Pág. 1998
INCOMPETENCIA, SUSPENSION TRATANDOSE DE DECLARACION DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo L; Pág. 1998
Si se reclama en amparo la sentencia de segunda instancia que declara que un Juez no es competente para conocer de un juicio, la suspensión debe negarse, porque no puede tener efectos restitutorios.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 6796/35. Garza y Garza Joaquín. 9 de diciembre de 1936. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.