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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 358316
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIX; Pág. 88
LETRAS DE CAMBIO, ACCION DE REGRESO CONTRA EL GIRADOR.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIX; Pág. 88
Para intentar la acción de regreso contra el fiador de una letra de cambio, son indispensables la falta de aceptación o de pago y los protestos respectivos del título de crédito, ya que no existe precepto legal alguno que exima de hacer éstos, al tenedor de una letra, cuando surja el estado de liquidación judicial o la quiebra del girado, ya que estas últimas situaciones jurídicas podrían impedir el pago y la entrega de especie, pero no el reconocimiento del adeudo, para que el mismo tenedor conserve sus derechos contra el girado, o pueda ejercitar la acción de regreso contra el girador.
Precedentes
Amparo civil directo 841/24. Zebadúa Isaías. 4 de julio de 1936. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.