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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 358332
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIX; Pág. 312
MORATORIA EN EL ESTADO DE VERACRUZ, INCONSTITUCIONALIDAD DE LAS LEYES DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIX; Pág. 312
Las Leyes de Moratoria expedidas por el Estado de Veracruz en 1925, en 1929 y en 1934, producen efectos retroactivos, porque su aplicación vuelve sobre el pasado, lesionando situaciones jurídicas concretas adquiridas por los acreedores, con anterioridad a la expedición de esas leyes, por lo que su aplicación es violatoria del artículo 14 constitucional.
Precedentes
Amparo civil en revisión 2563/35. Bessette Leo. 14 de julio de 1936. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.