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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 358346
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIX; Pág. 511
POSESION, PRUEBA DE LA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIX; Pág. 511
El artículo 321 del Código Federal de Procedimientos Civiles, sólo prohibe que quien no ha logrado rendir una declaración testimonial favorable, presente nuevos testigos que declaren sobre los mismos hechos; pero no que por el hecho de que una de las partes haya presentado testigos, para demostrar el haber estado durante cierto tiempo en posesión de una inmueble, ya no pueda recibirse la prueba testimonial que ofrezca su contrario, tendiente a demostrar que el bien en cuestión, lo poseía él, durante el plazo a que se refirió el primer interrogatorio, pues ello equivaldría a dejar a este último sin defensa, cosa que no pudo haberse propuesto el legislador, al establecer la regla contenida en el citado precepto.
Precedentes
Amparo civil en revisión 6584/35. Morales viuda de Alvarez Francisca. 22 de julio de 1936. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.