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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 358423
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIX; Pág. 1444
HERENCIA, SUSPENSION TRATANDOSE DE DESCONOCIMIENTO DE LOS DERECHOS A LA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIX; Pág. 1444
La suspensión debe negarse contra la resolución judicial firme, que desconoce a una persona sus derechos hereditarios y que reconoce en su lugar a otra persona, porque la suspensión no puede tener efectos restitutorios, reconociendo a la quejosa su carácter de heredera y privando al heredero reconocido de ese carácter.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 2492/26.Velez Dolores y coagraviados. 29 de agosto de 1936. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.