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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 358444
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIX; Pág. 1666
PROVIDENCIAS PRECAUTORIAS, SUSPENSION TRATANDOSE DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIX; Pág. 1666
La suspensión debe negarse contra la ejecución de una diligencia precautoria, si en la legislación respectiva existe un recurso para impedir que se lleve adelante la providencia o para levantar la que se hubiere dictado, puesto que con el acto reclamado no se pueden seguir al quejoso perjuicios de difícil reparación.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 2208/36. Garza Ruiz Antonio. 10 de septiembre de 1936. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.