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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 358449
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIX; Pág. 1676
PROTESTO, EFECTOS DEL.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIX; Pág. 1676
De los términos en que está concebido el artículo 518 del Código de Comercio, claramente aparece que los efectos del protesto no son otros que los de imponer a la persona que hubiere dado lugar a él, las responsabilidades de gastos, daños y perjuicios, y los de conservar las acciones que competan al portador contra los demás obligados.
Precedentes
Recurso de súplica 79/27. Aranda Cázares E. 10 de septiembre de 1936. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.