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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 358476
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIX; Pág. 1887
CASO FORTUITO, INEXISTENCIA DE LA RESPONSABILIDAD POR.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIX; Pág. 1887
Como la imputabilidad excluye el caso fortuito, para que la exención de responsabilidad que éste produce, surta efectos, es indispensable que exista una relación de causa a efecto, entre el fenómeno ocurrido y la imposibilidad en que se encuentra el deudor, como consecuencia de aquél, para cumplir con su obligación.
Precedentes
Amparo civil directo 2543/35. Ruiz Soladero y Compañía. 23 de septiembre de 1936. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Sabino M. Olea. La publicación no menciona el nombre del ponente.