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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
358501
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVIII; Pág. 47

NACIONALIZACION DE BIENES, PRUEBA DE PRESUNCIONES EN LA.

[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVIII; Pág. 47

Precedentes

Amparo civil directo 3036/34. Agente del Ministerio Público Federal adscrito al Tribunal del Segundo Circuito. 1o. de abril de 1936. Mayoría de tres votos. Disidentes: Teófilo Olea y Leyva y Abenamar Eboli Paniagua. La publicación no menciona el nombre del ponente. Véanse: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca, Tomo LX, página 359, "NACIONALIZACION, NATURALEZA DE LAS PRESUNCIONES EN EL JUICIO DE.". Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, Tercera Parte, Segunda Sala, página 675, quinta tesis relacionada con la jurisprudencia 391, de rubro "NACIONALIZACION DE BIENES POR HABER EXISTIDO INTERPOSITA PERSONA.".
Registro digital (IUS): 358501