Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/358597
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 358597
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVIII; Pág. 1489
EMBARGO, EFECTOS DEL.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVIII; Pág. 1489
El embargo surte efectos en contra del adquirente del bien embargado, si aquel fue debidamente registrado en su oportunidad, y no puede alegar el desconocimiento de su existencia, cuando ello es falta que al mismo comprador puede serle imputada tan sólo, ya que toda persona el adquirir un bien raíz, está en posibilidad de conocer los gravámenes que reporta, acudiendo al Registro Público de la Propiedad.
Precedentes
Amparo civil directo 3783/34. Barreda Herminio. 25 de abril de 1936. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Alfonso Pérez Gasga no intervino en la votación de este asunto, por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.