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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
358611
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVIII; Pág. 1648

DAÑOS Y PERJUICIOS POR INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES.

[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVIII; Pág. 1648

Precedentes

Amparo civil directo 3979/35. Compañía de Motores Deutz Otto Legítimo, Ltd. 28 de abril de 1936. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Alfonso Pérez Gasga no intervino en la resolución de este asunto, por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Registro digital (IUS): 358611