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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 358614
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVIII; Pág. 1756
CREDITOS HIPOTECARIOS PREFERENTES.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVIII; Pág. 1756
Si por los términos de una escritura constitutiva de una segunda hipoteca, el acreedor en ésta tuvo conocimiento especial y directo de la existencia de otra constituida con anterioridad, y expresamente convino en que su hipoteca quedara constituida en el lugar correspondiente, por consideración a la existencia de un gravamen anterior, o sea, admitió y reconoció la preferencia del primer crédito, no puede prevalerse de la circunstancia de que el testimonio de la escritura de la primera hipoteca se hubiere registrado con posterioridad a la de la segunda, para pretender su preferencia en el pago, cuando la de aquella se sustenta propiamente sobre los términos en que está concebida la escritura respectiva.
Precedentes
Amparo civil directo 309/35. Gavidia María de la Luz y coagraviada. 29 de abril de 1936. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.