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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 358668
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVIII; Pág. 2315
QUEJA EN AMPARO, EN ELLA ES FORZOSO EXPRESAR AGRAVIOS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVIII; Pág. 2315
El requisito que establece el artículo 99 de la Ley de Amparo, que exige la copia o copias del escrito en que se interpone el recurso, para cada una de las autoridades contra quienes se promueve la queja, tiene por objeto que aquéllas tengan perfecto conocimiento del motivo del recurso y de los agravios que se expresen en contra de la resolución combatida, para que puedan informar con justificación; y si posteriormente se aducen nuevos agravios y no se dan a conocer a las autoridades, se fallaría sin oír a una de las partes, y si para darlos a conocer hubiere necesidad de que por medio de la copia correspondiente, se hicieren saber a la autoridad, resultaría interminable la tramitación del recurso; en consecuencia, no es procedente tomar en consideración los motivos de agravio que se hacen valer con posterioridad a la interposición de la queja.
Precedentes
Queja en amparo civil 156/36. Compañía Productora de Oxígeno de Tampico, S. A. 12 de mayo de 1936. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.