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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 358710
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVIII; Pág. 3116
TITULOS EJECUTIVOS (LEGISLACION DE VERACRUZ).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVIII; Pág. 3116
En las dos primeras fracciones del artículo 340 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Veracruz, se previene que traen aparejada ejecución, la primera copia de la escritura expedida por el Juez o notario ante quien se hubiere otorgado, y las ulteriores copias dadas por mandato judicial, con citación de la persona a quien interesan; la fracción III, del propio precepto, expresa que los demás instrumentos públicos que conforme al artículo 265, hacen prueba plena, también traen aparejada ejecución. En estas condiciones, aun cuando puede considerarse como documento público la copia certificada relativa a la inscripción en el registro público, de la escritura, base de la acción, no cabe reputarla como documento que trae aparejada ejecución, pues de lo contrario no se explicaría la existencia de las dos primeras fracciones, ya que habría bastado que el legislador hubiese dicho que traen aparejada ejecución todos los instrumentos públicos que, conforme al artículo 265, hacen prueba plena, para que quedaran comprendidas todas las copias de las escrituras expedidas por los notarios, y el hecho de que estas copias hayan sido motivo de mención especial, significa indudablemente, que tratándose de actos notariales, sólo traen aparejada ejecución, la primera copia de la escritura pública y las ulteriores que hayan sido expedidas por mandato judicial.
Precedentes
Amparo civil directo 4859/35. Alpuche Francisco T., sucesión de. 17 de junio de 1936. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.