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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 358716
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVIII; Pág. 3210
PRESCRIPCION MERCANTIL, RENUNCIA DE LA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVIII; Pág. 3210
No existiendo disposiciones en el Código de Comercio, que regulen la renuncia de la prescripción consumada, debe estarse, como lo dispone el artículo 2o. de la propia ley mercantil, a las disposiciones que sobre el particular existan en las leyes sustantivas locales.
Precedentes
Amparo civil directo 2061/35. Bravo José M. 20 de junio de 1936. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Bazdresch. La publicación no menciona el nombre del ponente.