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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 358745
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVIII; Pág. 3490
MENORES, RECONOCIMIENTO Y ADOPCION DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVIII; Pág. 3490
Si unos menores fueron registrados y reconocidos en determinado lugar por los padres, no es procedente conceder pleno valor probatorio a las posteriores actas relativas al reconocimiento y adopción de los mismos menores, efectuados por la madre, en diverso lugar, cuando no han sido invalidadas las actas en que consta el primitivo reconocimiento hecho por ambos padres, el cual debe prevalecer sobre el segundo y desvirtuar las diligencias de adopción, que no pueden parar en perjuicio del padre, por no haber sido citado a ellas, ya que de las actas de nacimiento por él mismo exhibidas, aparece que presentó personalmente a sus hijos al registro, y los reconoció a nombre propio y a nombre de la madre.
Precedentes
Amparo civil en revisión 6106/35. Rubio Josefina y coag. 30 de junio de 1936. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.