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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 358782
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 339
DOCUMENTOS MERCANTILES, RECONOCIMIENTO DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 339
El reconocimiento de la firma que calza un documento mercantil, implica simplemente el reconocimiento del contenido del documento o la autenticidad de la obligación literal contenida en el mismo, independientemente de la facultad de quien lo suscribe, para excepcionarse, porque hubieren existido vicios del consentimiento al firmar, o porque la convención contenida en el título, no sea la que verdaderamente se quiso realizar.
Precedentes
Recurso de súplica 179/32. "Santa Cruz y El Cortijo", S. C. P. 11 de enero de 1936. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Abenamar Eboli Paniagua, no estuvo presente durante la discusión de este asunto por causa de enfermedad. La publicación no menciona el nombre del ponente.