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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
358785
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 352

TESTAMENTOS, NULIDAD DE LOS.

[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 352

Precedentes

Amparo civil directo 14084/32. Rosas de Juárez Agustina. 13 de enero de 1936. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Abenamar Eboli Paniagua, no votó en este asunto por las razones que constan en el acta del día.
Registro digital (IUS): 358785