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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
358814
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 897

COSTAS, LIQUIDACION DE LAS (LEGISLACION DE AGUASCALIENTES).

[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 897

Precedentes

Amparo civil en revisión 3152/35. Ocio Corcuera Pedro. 21 de enero de 1936. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Abenamar Eboli paniagua no intervino en la sesión previo aviso. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Registro digital (IUS): 358814