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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 358916
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 2506
COSTAS, REGULACION DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 2506
El actual arancel de abogados, establecido por la Ley Orgánica de Tribunales del Fuero Común de 30 de diciembre de 1932, vino a llenar un vacío de la ley anterior, y a establecer, de manera precisa, la forma de regular las costas, por lo que no puede decirse que el mismo se aplique retroactivamente, si se toma en cuenta para regular servicios profesionales que fueron prestados dentro de su vigencia, circunstancia que sólo existiría si la planilla presentada se hubiera formado antes de la publicación del arancel, y el interesado pretendiera su modificación aplicando éste, caso en el que habría pretensión de modificación o lesionar derechos adquiridos a determinada cantidad; pero cuando la planilla presentada comprende trabajos realizados en los cinco últimos meses del año de 1932, y otros en años posteriores, es evidente que por lo que hace a los primeramente citados, no se les puede aplicar la disposición contenida en el arancel de la ley orgánica de tribunales, pero el mismo sí debe servir de norma al Juez para regular las costas por los trabajos realizados, estando en vigor dicho arancel, ya que es inconcuso que las costas deben regularse por la ley vigente al día en que se realizan los trabajos que las originan.
Precedentes
Amparo civil en revisión 1750/35. Velázquez Braulio. 14 de febrero de 1936. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Abenamar Eboli Paniagua no intervino en la resolución de este asunto, por las razones que se expresan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.