Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/358954
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 358954
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 3200
PAGOS SUJETOS A MORATORIA, INNECESARIO REQUERIMIENTO DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 3200
No es necesario requerimiento de ninguna clase, para fijar los plazos conforme a los cuales deba hacerse el pago, cuando una sentencia ejecutoria dispone que el mismo deberá tener verificativo en cuatro partidas, entregándose la primera dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la propia sentencia, porque en el caso, los plazos corren desde la fecha de la notificación.
Precedentes
Amparo civil en revisión 918/34. Cejudo Hernández Lauro y coagraviado. 26 de febrero de 1936. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Abenamar Eboli paniagua. La publicación no menciona el nombre del ponente.