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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 358956
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 3265
POSESION, PRUEBA DE LA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 3265
Si de las constancias judiciales, que a título de informe justificado se rindan por la autoridad responsable, aparece que unos predios cuya posesión se mandó dar a un tercero, no coinciden con los que amparan las escrituras que, como prueba, ofrecen los quejosos en el amparo, de ello se sigue que éstos no han demostrado la identidad de los terrenos que aseguran son de su propiedad, con los que fueron objeto de los actos de la autoridad responsable y consecuentemente, no puede estimarse acreditado el desposeimiento de que se quejan.
Precedentes
Amparo civil en revisión 1226/32. López Erasto y coagraviado. 27 de febrero de 1936. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Abenamar Eboli paniagua. La publicación no menciona el nombre del ponente.