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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 358972
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 3604
HEREDEROS TESTAMENTARIOS, DERECHOS DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 3604
La continuación de un procedimiento intestamentario, con posterioridad a la presentación del testamento del autor de la sucesión, implica, de hecho, la desestimación de los derechos del heredero testamentario, sin que se haya definido la validez del instrumento relativo; y como la expedición de las hijuelas respectivas, a los herederos intestamentarios, tiene como consecuencia la entrega de la posesión a los mismos, de los bienes de la herencia, tal acto priva necesariamente al heredero testamentario de los derechos que ostenta, y especialmente de la posesión de los bienes, sin previa audiencia de su parte, y por tanto, con violación del artículo 14 constitucional.
Precedentes
Amparo civil en revisión 3831/30. Suquet Mariana. 4 de marzo de 1936. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.