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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 358986
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 3869
AGRAVIOS EN LA SUPLICA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 3869
La expresión de agravios en la súplica, es indispensable para poder resolver sobre la exacta o inexacta aplicación de la ley, y dicho requisito no puede considerarse subsanado con que se haga referencia a lo que se dijo en segunda instancia, porque la reclamación entonces formulada, se referiría a una resolución distinta a la que se recurre en súplica.
Precedentes
Recurso de súplica 155/32. De la Lama y Basurto, S.A. 7 de marzo de 1936. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Luis Bazdresch. La publicación no menciona el nombre del ponente.