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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 358996
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 4152
SUCESIONES, FIJACION DE LOS PRODUCTOS DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 4152
Cuando las fincas pertenecientes a una sucesión, se encuentran arrendadas o en poder de personas extrañas a los herederos, el monto de los productos ya está fijado o puede determinarse mediante un juicio; pero cuando una de esas fincas la habitan uno de los herederos, con exclusión de los demás, es indudable que se necesita fijar la prestación a que está obligado aquel heredero, por la posesión exclusiva de uno de los bienes de la herencia, sin perjuicio de reconocerle el derecho que tiene a una parte proporcional de los productos; y como la ley no prevé el caso ni la forma de fijar el importe de la prestación a que está obligado el heredero que se encuentra en tales circunstancias, el procedimiento indicado no puede ser otro que el consignado en el artículo 430 del Código de Procedimientos Civiles del Distrito, cuya fracción I previene que deben tramitarse sumariamente, todos los incidentes surgidos en los juicios universales, debiendo estimarse como interlocutoria, la sentencia que resuelva el punto, supuesto que pone fin a un incidente que no pierde su carácter por el hecho de que se tramite de acuerdo con las reglas fijadas para los juicios sumarios.
Precedentes
Amparo civil en revisión 1131/35. Weis y Diez Barroso Adolfo, sucesión de. 13 de marzo de 1936. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Sabino M. Olea no intervino en la discusión y votación de este negocio, por las razones que se expresan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.